UNPFII: Declaración del IPRI sobre Punto 5 (D): Diálogo Sobre Derechos Humanos Con El Relator Especial Sobre Los Derechos De Los Pueblos Indígenas Y El Mecanismo De Expertos Sobre Los Derechos De Los Pueblos Indígenas

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PUNTO 5 (D): DIÁLOGO SOBRE DERECHOS HUMANOS CON EL RELATOR ESPECIAL SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y EL MECANISMO DE EXPERTOS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Derechos de los Pueblos Indígenas Internacional -IPRI fue creado para hacer frente al empeoramiento de la criminalización y la violencia contra los pueblos indígenas, y a la impunidad que a menudo prevalece. Hemos colaborado estrechamente con el Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en estas cuestiones y agradecemos profundamente su atención y acción.

Al tiempo en que las comunidades indígenas se enfrentan a los graves impactos adversos del cambio climático, también estamos experimentando nuevas violaciones a nuestros derechos colectivos con la imposición de soluciones al cambio climático. Se trata de plantaciones para biocombustibles, grandes presas y campos de molinos de viento, por un lado, sin nuestro consentimiento libre, previo e informado; y de desalojos provocados por medidas y programas de la desacreditada conservación de fortaleza, por otro. Estas violaciones sistémicas de los derechos de los pueblos indígenas a nuestras tierras, territorios y recursos, y a nuestra autodeterminación e integridad cultural, necesitan más atención y acción por parte de la ONU y de los organismos pertinentes. En este contexto, recomendamos que el Relator Especial prepare un informe para presentarlo al Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos de los pueblos indígenas en el contexto de los impactos y las acciones del cambio climático, especialmente las medidas de mitigación y adaptación. El informe podría contribuir al futuro trabajo del recientemente nombrado Relator Especial sobre Derechos Humanos y Cambio Climático, proporcionando un enfoque basado en los derechos de los pueblos indígenas.

Como parte de la preparación de este informe, sería importante que el Relator Especial llevara a cabo diálogos con los pueblos indígenas, los Estados, los organismos pertinentes de la ONU y actores relevantes para obtener información y desarrollar recomendaciones y medidas clave para proteger los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo a un medio ambiente saludable en las acciones climáticas. IPRI ofrece su máxima cooperación para la realización de este informe tan relevante.

Como han destacado los anteriores Relatores Especiales y el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la mayoría de los derechos contenidos en la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ya están garantizados por los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y se les ha dado una fuerza normativa significativa, incluso a través del trabajo de los órganos de tratado y los tribunales regionales y nacionales. IPRI se complace en informar al Mecanismo y a otros interesados que hemos publicado un Compendio que contiene la legislación y la jurisprudencia que defiende los derechos de los pueblos indígenas a nivel internacional, regional y nacional desde enero de 2019 hasta marzo de 2020. Estas decisiones y recomendaciones se refieren a nuestros derechos a las tierras, territorios y recursos, a practicar nuestras actividades tradicionales, al Consentimiento Libre, Previo e Informado, a la identidad y la cultura, a la autodeterminación, a la no discriminación, a la protección de los niños frente a los impactos del cambio climático, al derecho a un medio ambiente sano (por ejemplo, ante los impactos de la minería), a no sufrir torturas ni detenciones arbitrarias, entre otros. La aplicación de estas decisiones y recomendaciones como parte de las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos podría conducir a cambios transformadores en las comunidades indígenas en la realización de sus derechos.

En este contexto, IPRI quisiera recomendar al MEDPI que realice un estudio sobre la aplicación de la legislación y la jurisprudencia relativas a los derechos de los pueblos indígenas a nivel internacional, regional y nacional, y que lo convierta en un tema de su período de sesiones de 2023.  IPRI extiende su plena cooperación al MEDPI para esta importante labor.

Muchas gracias.

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